Control de enfermedades
Se consideran enfermedades profesionales a aquella causadas de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona, y que le produzca incapacidad o muerte. Los organismos administradores de la Ley N° 16.744 han implementado protocolos de difusión, implementación y control para la reducción de las enfermedades profesionales.
PREXOR
Protocolo de Exposición Ocupacional al Ruido del Ministerio de Salud
Entrega las directrices para la elaboración, aplicación y control de los programas de vigilancia de trabajadores expuestos al ruido.
Objetivo
Contribuir a disminuir la incidencia y prevalencia de la hipoacusia de origen ocupacional.
Qué debe hacer la empresa
- Contar con un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) que incluya el riesgo de Ruido.
- Implementar Programa de Vigilancia Ambiental y de la Salud.
- Capacitar a los trabajadores sobre la exposición al agente ruido.
- Implementar las medidas de control para disminuir, controlar o eliminar la exposición, señaladas en el protocolo y las recomendadas por la mutual.
Programa de Vigilancia Ambiental
Mediante una evaluación cuantitativa realizada por profesionales de la mutual se determinan los niveles ambientales de ruido a que están expuestos los trabajadores, con el objetivo de adoptar oportuna y eficazmente medidas de prevención y/o protección según corresponda. Además, establecer criterios preventivos para la periodicidad de las evaluaciones ambientales.
Programa de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores Expuestos al Ruido
Pretende pesquisar precozmente el posible efecto en la salud de los trabajadores expuestos a este agente, con el propósito de adoptar en forma oportuna las medidas preventivas necesarias para protegerlos y establecer la periodicidad de los controles de salud.

TMERT-EESS
Trastornos Musculoesqueléticos de las Extremidades Superiores Relacionados con el Trabajo
Para prevenir las lesiones físicas sobre una parte específica del sistema musculoesquelético.
Objetivos
- Identificar y evaluar adecuadamente el riesgo de trastornos musculoesqueléticos-EESS asociados a la actividad laboral.
- Disminuir la incidencia y prevalencia de TMERT – EESS en todos los rubros económicos.
Qué debe hacer la empresa
Crear un Comité Interno de la Gestión del Riesgo Ergonómico, para la implementación de la Norma Técnica de Identificación y Evaluación de Factores de Riesgo de TMERT-EESS, conformado por miembros de la Empresa.
Solicitar a la mutual, un taller de capacitación para los miembros del Comité Interno de Gestión del Riesgo Ergonómico.
El comité debe identificar las tareas o puestos de trabajo con factores de riesgo TMERT-EESS , donde posteriormente debe aplicar la lista de chequeo (ésta evalúa 4 dimensiones: movimientos repetitivos, postura, movimiento, duración, pausas, tiempos de recuperación o descanso) y luego analizar los resultados con la asesoría de la mutual.
Generar una nómina de trabajadores expuestos que laboran en los puestos de trabajo en un nivel de riesgo alto (por segunda vez), que debe ser remitida a la unidad de salud ocupacional de la mutual, para ser incorporados en el Programa de Vigilancia Ocupacional.
La empresa debe implementar todas las medidas de control recomendadas por la mutual, que además deben ser incorporadas al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) interno.
Programa de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores Expuestos a TMERT-EESS
Consiste en pesquisar precozmente el posible efecto en la salud de los trabajadores expuestos a TMERT-EESS a través de controles periódicos, con el propósito de adoptar en forma oportuna las medidas preventivas en la empresa e indicar al trabajador afectado, cuando sea necesario, evaluación médica para diagnóstico y tratamiento o eventual cambio de puesto de trabajo.

PLANESI
Plan Nacional de Erradicación de la Silicosis
El Plan Nacional de erradicación de la silicosis, es una iniciativa del estado de Chile para erradicar la silicosis como enfermedad profesional al año 2030, promocionado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y los Ministerios de Salud,Trabajo y Previsión Social de Chile, promulgado el 13 de Julio del 2007.
Objetivos
- Disminuir y controlar la exposición a Sílice en los lugares de trabajo.
- Disminuir la incidencia y prevalencia de Silicosis.
- Mejorar el diagnóstico oportuno y el control de salud de los trabajadores con Silicosis.
- Fortalecer el sistema de información de silicosis, de exposición a sílice y desarrollar un sistema de vigilancia de silicosis.
Qué debe hacer la empresa
- Implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST), que incluya el riesgo de sílice.
- Implementar Programas de Vigilancia Ambiental y de la Salud, con la colaboración del organismo administrador.
- Capacitar a sus trabajadores sobre la exposición a sílice.
- Implementar todas las medidas de control para eliminar, disminuir o controlar la exposición.
- Implementar todas las medidas de control para eliminar, disminuir o controlar la exposición, señaladas en el Protocolo y las recomendadas por la mutual.
Programa de Vigilancia Ambiental
Incluye una evaluación cualitativa que debe ser realizada por la empresa, con la asesoría, y una evaluación cuantitativa realizada por la mutual.
Permiten determinar las medidas de prevención más adecuadas y eficaces, y la periodicidad de las futuras evaluaciones.
Programa de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores Expuestos a Sílice
Busca pesquisar precozmente los efectos en la salud de los trabajadores, estableciendo las medidas preventivas necesarias para protegerlos y la periodicidad de los controles médicos.

Guía Técnica de Radiación Ultravioleta de Origen Solar
Es un documento del Ministerio de Salud, para ser utilizado por las empresas en su gestión preventiva de los factores asociados a problemas de salud, relacionados a la exposición a radiación solar.
Objetivos
Minimizar el daño en la salud de los trabajadores expuestos a este riesgo y promover conductas de autocuidado entre ellos.
Qué debe hacer la empresa
- Incorporar este riesgo al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) de la empresa Identificar los puestos de trabajo e individuos que requieran medidas de protección adicionales y verificar la efectividad de las medidas implementadas.
- Mantener un programa de capacitación para los trabajadores, que informe sobre la exposición a radiación ultravioleta de origen solar y las consecuencias para la salud y de los métodos correctos de trabajo.
- Publicar diariamente en un lugar visible, el índice UV estimado, señalado por la Dirección Meteorológica de Chile y las medidas de control que se deben aplicar, incluidos los elementos de protección personal.
- Implementar las medidas de control para eliminar, disminuir o controlar la exposición, señaladas en el protocolo y las recomendadas por la mutual.
Programa de Vigilancia Ambiental
La Dirección Meteorológica de Chile es la entidad competente para realizar las mediciones para determinar el valor diario del índice UV y emitir pronósticos e informes relacionados.
Programa de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores Expuestos a Radiación Ultravioleta de Origen Solar
La Guía no especifica programa de vigilancia ocupacional para los expuestos.


Paula Rojas Hormazábal
Instructora en Primeros Auxilios, RCP y DEA. Técnico en Enfermería de Nivel Superior. Experto Técnico en Prevención de Riesgos. Heartsaver CPR /AED/ First-Aid Heart Center, National CPR Foundation. Cursos de Especialización en Harvard University, Medical School, Estados Unidos. Colegiada en Colegio Nacional Paramédico y TENS de Chile.
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