Ley 16.744 y enfermedad profesional

La Ley N° 16.744 establece que enfermedad profesional es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o del trabajo que realiza una persona y que le produzca incapacidad o muerte.

Aun cuando no sea de las enfermedades laborales enumeradas en el reglamento para la calificación y evaluación de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, contenido en el D.S. N° 109, de 1968, del MINTRAB, una enfermedad puede ser calificada como de origen laboral, si se acredita su relación de causalidad directa con el trabajo o profesión que ejerce el trabajador.

Cuando un trabajador/a sufre una enfermedad profesional, como una oportunidad para modificar el entorno de trabajo, de manera de impedir que otros trabajadores/as se enfermen, y al mismo tiempo permitir el reintegro al trabajo del trabajador/a enfermo/a en las mejores condiciones, estaremos avanzando en la cultura preventiva, lo que genera beneficios tanto para los trabajadores como para la empresa.

En base a esto, el reintegro laboral en enfermedades profesionales es el proceso por el cual:

  1. Se modifica el ambiente de trabajo eliminando los factores de riesgo presentes.
  2. Se reincorpora el trabajador a un ambiente sin factores de riesgo.
  3. Se trata y se mejora la enfermedad diagnosticada.
  4. Se le entrega al trabajador enfermo y recuperado la garantía de que el ambiente laboral que lo enfermó fue efectivamente modificado.

El reintegro al trabajo, habitualmente, se ha abordado desde un enfoque donde el principal objetivo es recuperar el estado de salud del trabajador para que pueda volver a realizar su trabajo. A su vez es un proceso en el que influyen múltiples factores, por lo que la recuperación y reintegro del trabajador/a en sus labores, también depende de aspectos personales como la motivación, estado físico y estado de ánimo del trabajador. Así también elementos de la organización del trabajo como la calidad de las relaciones interpersonales, en especial con la jefatura y gerencia, el ambiente laboral y el tipo de tarea a realizar.

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Como objetivo general se puede establecer entregar orientación para la gestión efectiva del reintegro laboral por casos de ausencias relacionadas con enfermedades profesionales.

Dentro de los objetivos específicos se encuentran:

  1. Dar a conocer los aspectos y conceptos generales relacionados con el reintegro laboral, tanto a nivel internacional como a nivel nacional.
  2. Contribuir a la gestión del reintegro laboral, con énfasis en los trabajadores que hayan padecido una enfermedad profesional mental o musculoesquelética.
  3. Facilitar la gestión del reintegro por medio de una lista de chequeo que incorpora las principales acciones a realizar.
  4. Entregar orientaciones que permitan a las empresas e instituciones construir un reintegro adecuado para los trabajadores que hayan sufrido enfermedades profesionales, especialmente mentales o musculoesqueléticas.

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Paula Rojas Hormazábal

Instructora en Primeros Auxilios, RCP y DEA. Técnico en Enfermería de Nivel Superior. Experto Técnico en Prevención de Riesgos. Heartsaver CPR /AED/ First-Aid Heart Center, National CPR Foundation. Cursos de Especialización en Harvard University, Medical School, Estados Unidos. Colegiada en Colegio Nacional Paramédico y TENS de Chile.

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